A este respecto, la Junta de Andalucía nos ha comunicado que está adaptando sus procedimientos y formularios para poder dar respuesta a las obligaciones impuestas por el Real Decreto 244/2019 así como a las directrices establecidas por la CNMC relativas al formato de los ficheros de intercambio de información entre comunidades autónomas y distribuidores para la remisión de información sobre el autoconsumo de energía eléctrica. Estos formatos aprobados a finales de noviembre incorporan datos que no estaban establecidos en el citado Real Decreto, ni en anteriores regulaciones, como es por ejemplo la identificación del CUPS del punto de suministro del consumidor asociado. Además, se exige a las comunidades autónomas la necesidad de enviar la información a la empresa distribuidora en un formato electrónico.
Para dar solución a este problema, el pasado viernes 20 de marzo se ha publicado en el BOJA la Resolución de 5 de marzo de 2020, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se aprueba el formulario de comunicación de instalaciones existentes de autoconsumo de conformidad al Real Decreto 244/2019.
Una vez aprobado, es muy importante la cumplimentación de dicho formulario por parte de los titulares o empresas instaladoras de aquellas instalaciones en autoconsumo individual en baja tensión en Andalucía que se hayan dado de alta para su legalización en el aplicativo PUES (obligatorio para aquellas instalaciones de menos de 100kW) con fecha anterior al 27 de febrero de 2020 y que no hayan incluido los datos de CUPS o de la modalidad de autoconsumo. Es importante saber en qué casos se debe presentar este formulario:
1º Todas las legalizadas entre octubre de 2015 y abril de 2019. Éstas tenían que comunicar cómo se adaptaban al R.D. 244/2019 de conformidad a lo dispuesto en la Disposición Transitoria Primera.
2º Todas las legalizadas entre abril de 2019 y octubre de 2019. Estas instalaciones legalizadas través de la ficha técnica descriptiva de baja tensión del aplicativo PUES, no pudieron aportar los datos mínimos que han resultado obligatorios para poder realizar la compensación de los excedentes.
3º Algunas de las legalizadas entre octubre de 2019 y febrero de 2020. En este periodo ya se había producido la actualización de la ficha técnica del aplicativo PUES, pero se han detectado errores masivos en la cumplimentación de la ficha, por lo que, en muchos casos, no se dispone de los datos mínimos, en particular del código CUPS que identifica el suministro. Todos los que hayan presentado una comunicación PUES y no hayan rellenado el código CUPS, deberían presentar el formulario.
El formulario para realizar esta comunicación se ha publicado en el sistema de Ventanilla Electrónica de la Administración de la Junta de Andalucía. Accede al apartado de la Consejería de Hacienda Industria y Energía, con la firma digital de usuario instalada en el navegador, mediante el anterior enlace.
Además, para intentar facilitar al máximo posible la cumplimentación de este nuevo formulario, la Agencia Andaluza de la Energía ha preparado una GUÍA ORIENTATIVA para la Cumplimentación del Formulario Electrónico de Comunicación de Datos de Instalaciones en Autoconsumo Individual en Baja Tensión ya Legalizadas en Andalucía, que tienen disponible en esta misma web.